Abogada de custodia de menores en Torrevieja
Abogada especializada en custodia de menores con más de 20 años de ejercicio en Torrevieja y alrededores
Defiende tus intereses y los del menor con representación legal experta.
Abogada especialista en custodia de menores en Torrevieja
En la compartida, ambos progenitores comparten la convivencia con el menor de forma significativa. En la exclusiva, el menor reside principalmente con uno de los dos y el otro tiene un régimen de visitas. La ley no prioriza ninguna de las dos: lo que determina la decisión es el interés del menor en cada caso.
Custodia compartida
No es dividir el tiempo al 50%. Es definir con precisión cómo van a convivir los progenitores con sus hijos: semanas, recogidas, festivos, colegios, decisiones sobre salud. Si hay voluntad de acuerdo, ayudo a que ese acuerdo sea sólido. Si no la hay, defiendo lo que corresponde ante el juez.
Custodia exclusiva
Hay casos en los que la custodia compartida no es viable ni conveniente para el menor. El argumento tiene que ir directo al interés del niño: su estabilidad, su entorno, sus vínculos. Eso requiere un análisis específico de cada situación.
Régimen de visitas y plan de parentalidad
Un plan de parentalidad bien asentado previene conflictos antes de que ocurran. Define los tiempos de convivencia, las comunicaciones, el reparto de vacaciones y los protocolos para tomar decisiones conjuntas. Sin ese nivel de concreción, cualquier desacuerdo menor puede resultar en un problema mayor.
Custodia sin matrimonio previo
Que no haya habido matrimonio no significa que la custodia sea menos importante ni más sencilla. La regulación judicial es igual de necesaria. Sin ella, ninguno de los dos progenitores tiene respaldo legal ante el colegio, la sanidad o cualquier decisión que afecte al menor.
Derecho de visita de los abuelos
La ley reconoce el derecho de los abuelos a relacionarse con sus nietos. Cuando ese derecho está siendo impedido, existe un procedimiento específico para protegerlo, y en determinadas circunstancias puede tramitarse con carácter urgente.
Cambio de domicilio de menores
Trasladar al menor a otra ciudad o a otro país no es una decisión unilateral, aunque la tome el progenitor que tiene la custodia. El cambio de residencia afecta al régimen de visitas, a la escolarización y al vínculo con el otro progenitor, y requiere acuerdo entre ambos o, si no lo hay, autorización judicial.
Si quieres mudarte, lo razonable es intentar el acuerdo y, si no se alcanza, solicitar la modificación de medidas antes del traslado. Hacerlo después puede traducirse en una orden de retorno o, si el destino es otro país, en un procedimiento por sustracción.
Si te opones al traslado que plantea la otra parte, hay vías para regularlo o impedirlo, pero la rapidez importa.
En cualquiera de los dos casos, consulta antes de tomar una decisión irreversible.
Ruth López Morueco, abogada de custodia de menores
Soy colegiada nº 1595 en el Ilustre Colegio de abogados de Orihuela y miembro de la Asociación Española de abogados de Familia. Anteriormente ejercí en Madrid (nº 78.344) durante más de 8 años en tribunales de toda España, y llevo más de 20 años dedicada al derecho de familia en Torrevieja y la Vega Baja.
Obtuve el título de Mediación Familiar homologado por el Ministerio de Justicia. Eso significa que no solo sé cómo defender un caso ante el juzgado, sino también cómo trabajar un acuerdo cuando existe posibilidad real de alcanzarlo sin necesidad de llegar a juicio. En asuntos de custodia, esa diferencia importa mucho, sobre todo cuando hay menores.
Atiendo en español y en inglés, de forma presencial en el despacho o por videollamada.
Soy Ruth y estoy dispuesta a ayudarte en lo que necesites.
Opiniones de clientes
Abogada para la custodia de menores en Torrevieja
Si tienes un asunto de custodia pendiente de resolver, puedo ayudarte.
Nos reuniremos, analizaré tu situación y definiremos cuál es la estrategia más adecuada.
Si hay posibilidad real de acuerdo, te digo cómo conseguirlo con garantías. Si no la hay, te digo cómo defenderlo ante el juzgado.
En ningún caso te voy a recomendar un procedimiento que no sea necesario.
Ruth López Morueco
Av. de la Asunción, 7 — Centro Comercial Filton, local 40
03186 Torrevieja (Alicante)
¿Alguna duda?
¿Qué diferencia hay entre custodia compartida y custodia exclusiva?
En la compartida, ambos progenitores comparten la convivencia con el menor de forma significativa. En la exclusiva, el menor reside principalmente con uno de los dos y el otro tiene un régimen de visitas. La ley no prioriza ninguna de las dos: lo que determina la decisión es el interés del menor en cada caso.
¿Se puede modificar la custodia si la situación ha cambiado?
Sí. Un traslado de residencia, un cambio laboral relevante, nuevas necesidades del menor o el incumplimiento reiterado del régimen de visitas son causas suficientes para solicitar la modificación ante el juzgado.
¿Qué ocurre si la otra parte no respeta el régimen de visitas?
A partir de los 12 años, el menor tiene derecho a ser escuchado. Por debajo de esa edad, el juez puede acordarlo si lo considera necesario. Su opinión se tiene en cuenta, pero no determina por sí sola la resolución.
¿Puede el juez escuchar al menor?
A partir de los 12 años, el menor tiene derecho a ser escuchado. Por debajo de esa edad, el juez puede acordarlo si lo considera necesario. Su opinión se tiene en cuenta, pero no determina por sí sola la resolución.
¿Cuánto cuesta un abogada de custodia en Torrevieja?
Depende de la complejidad del caso y de si hay acuerdo entre las partes o no. Los honorarios se comentan en la primera consulta, una vez que conozco los detalles de tu situación.
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